Dania Virgen García
Cuba por Dentro
Cuba por Dentro
El cubano-americano, Carlos Alberto Pérez Ávila, fue llevado a un juicio amañado por la Seguridad del Estado, en el tribunal de San José de las Lajas, provincia Mayabeque, el pasado cinco de julio.
El juicio comenzó a las 9 de la mañana, y terminó la una de madrugada del día seis.
A varios amigos de Pérez Ávila la policía les impidió salir de sus casas para que no pudieran asistir al juicio. Sin embargo, estuvieron presentes funcionarios de la Sección de Intereses de los Estados Unidos.
La abogada de Pérez Ávila logró demostrar su inocencia. El juicio fue concluso para sentencia para el día 20 de julio.
Carlos Alberto Pérez Ávila, fue acusado en el año 2007, en la causa numero 165, por el supuesto delito de asesinato. La sentencia fue anulada por la revisión de causa 17/2010, que demostró su inocencia. Pero fue mantenido en prisión hasta el día del juicio, y continua preso a pesar de que quedó concluso para sentencia.
En las conclusiones acusatorias primeras, la versión es diferente a la nueva acusación. El fiscal reconoce que no hay seriedad en los hechos postulados.
Los hechos son narrados de manera diferente a lo que se argumentó la primera vez, como si fueran dos casos diferentes, manteniendo las mismas pruebas, como si fuera algo adaptable, a lo que se le puede dar el color que se necesita.
Cabe preguntar: ¿Cómo el ministerio fiscal puede acusar al acusado de haber disparado, si está claro que la prueba de la parafina, dio negativo, lo que evidencia que nunca disparó? ¿Por qué no aportar los resultados de la prueba de la parafina, en el caso del otro acusado que sí dio positivo de haber disparado?
El examen de la víctima no fue puesto como prueba acusatoria, en el primer juicio, donde supuestamente se demostraría un golpe en la nuca.
Según las pruebas expuestas por el fiscal en la nueva versión del caso, la víctima estuvo bajo los efectos de un calmante.
A pesar de los medios técnicos con que cuenta Instrucción, nunca se le dio prioridad al esclarecimiento del caso.
Las pruebas donde se pudiera apreciar el disparo a la víctima, no están claras. Se decía en el primer juicio que la víctima recibió el disparo de pie, por el que fue condenado Carlos Alberto Pérez, pero en el segundo juicio, en el cual pretenden volverlo a condenar, se refiere que fue en el asiento trasero del carro.
Supuestamente disparó a una distancia de 10 centímetros desde el asiento trasero, pero no se detectó pólvora, rastros de sangre u otras evidencias en el interior del auto.
Las pruebas de olor y las huellas del acusado no se tuvieron en cuenta.
Es imposible que la victima haya estado manejando, y haya recibido un golpe que lo dejara inconsciente, porque hubiera causado un accidente.
Son vastas y abundantes las pruebas que muestran la inocencia de Carlos Alberto Pérez Ávila. Tratan de culparlo de un delito que no cometió. Esperemos los resultados de las conclusiones judiciales.
dania@cubadentro.com
0 comentarios:
Publicar un comentario